Para renovar el carnet de conducir es algo que todos debemos hacer cuando este ha caducado. Todos los carnets tienen fecha de caducidad, aunque, aún no conoces todos los entresijos de la renovación del carnet de conducir en España, te lo contamos en este post del Blog de Midas.
Ten en cuenta que, si tu permiso de conducir está caducado, no podrás conducir y correrás el riesgo de recibir una sanción administrativa. Para renovar tu permiso de conducir tienes que tener en cuenta que:
- Deberás aportar un informe de aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado.
- No deberás realizar ningún examen teórico ni práctico.
- Puedes pedir la renovación con tres meses de anterioridad a la fecha de caducidad del documento.
Qué validez tienen los carnets en España
- La clase B tienen una validez de 10 años hasta los 65 años de edad. A partir de 65 habrá que ir renovándolo cada 5 años.
- El resto de carnets tienen una validez de 5 años hasta que se cumple 65 años de edad. A partir de los 65 habrá que renovarlo cada 3 años.
La validez de estos baremos puede verse afectada dependiendo de las condiciones de una persona, como por ejemplo enfermedades físicas, mentales o deficiencias, siempre y cuando no impidan una conducción correcta y segura.
Cómo puedes efectuar la renovación
La renovación se puede hacer tanto presencial como de manera telemática. Para hacerlo de manera presencial se puede realizar en cualquier Centro de Reconocimiento de Conductores o en una Jefatura u Oficina de Tráfico. En cualquiera de los casos, deberás acudir con tu DNI o pasaporte. Si eres de un país miembro de la Unión Europea, deberás acudir con tu autorización de residencia o documento de identidad de tu país junto al certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Si eres extranjero no comunitario deberás acudir con la autorización de residencia en vigor.
Para hacerlo de manera telemática te dejamos este enlace directo a la DGT, donde se explica el proceso a seguir para efectuar la renovación telemática del carnet de conducir.
Quien puede realizar la renovación del carnet de conducir
La renovación del carnet deberá hacerla la persona titular del propio carnet, aunque si el titular no puede, podrá autorizar a una persona para que lo haga en su nombre. Si se hace de la segunda manera, es decir, autorizando a una persona, el titular deberá autorizarla a través del Registro de apoderamientos de la DGT, al cual puedes acceder a través de este enlace. Ten en cuenta también que, en el momento de solicitar la cita, deberás incluir el DNI tanto de la persona titular como de la autorizada.
Qué coste tiene la renovación del carnet
Por norma general, la renovación del carnet tiene un coste de 24,34€, aunque para las personas mayores de 70 años no tiene coste alguno. Ten en cuenta también que, si por razones médicas el plazo de renovación es inferior al estipulado, las tasas también cambiarán a precios inferiores.
Cuales son las causas que impiden la renovación
Hay ciertos factores que impiden a una persona la renovación del carnet de conducir, por lo que tendrás que tener en cuenta que si, por resolución judicial, estás privado/a del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, no podrás renovar. Lo mismo ocurre si tienes sobre ti una medida cautelar o una suspensión del permiso o licencia, independientemente si ha sido emitida por un juzgado o por la administración pública. En cualquiera de estos casos, la renovación del carnet de conducir no podrá hacerse efectiva.
Esperamos que este post del Blog de Midas te haya servido para despejarte las dudas que tenías para renovar el carnet de conducir. Cuéntanoslo en los comentarios.
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