Las grandes ciudades se encuentran a menudo colapsadas por las medidas de prevención de contaminación de los ayuntamientos. La activación del protocolo de contaminación genera malestar y también desconcierto, ya que muchos conductores no saben exactamente a qué se exponen cuando se toma esta medida.
Hoy te resumimos las posibilidades que tiene tu vehículo para que entiendas cómo afectan sus características a la circulación y cómo obtener, colocar y utilizar la etiqueta mediombiental.
La DGT ha enviado a algunos vehículos los distintivos, si este no es tu caso, puedes conseguirlo en una oficina de correos simplemente presentando el DNI y abonando la cuantía de 5 euros. Cuando lo obtengas, deberás colocarlo en la zona inferior derecha, bajo el parabrisas.
¿Es necesaria la etiqueta medioambiental?
Algún ayuntamiento, como el de Madrid, pretende prohibir la circulación de vehículos que no dispongan de su etiqueta dentro de la urbe los días en que el protocolo de comunicación se active en el escenario 2 o por toda la urbe si es el caso del 3. Barcelona también está tomando medidas de restricción y limitación de velocidad para poder cumplir el Plan Nacional de la Calidad del Aire y la Protección de la Atmósfera 2013-2016, por lo que los vehículos que no disponen de la identificación no podrán circular por la zona establecida como baja emisión.
¿Cuál es mi etiqueta?
La página web de la DGT atiende las consultas para poder asignar un distintivo ambiental a cada vehículo. Las etiquetas medioambientales corresponden a 4 tipologías distintas en las que se engloban los vehículos existentes, salvo aquellos más contaminantes, que no disponen de distintivo. Esta distinción atiende a fenómenos como la emisión de partículas de dióxido de nitrógeno y su contribución a aumentar los niveles de contaminación. Por lo que, los vehículos más respetuosos con el medio tendrán prioridad circulatoria.
Etiqueta 0
Este tipo de coches puede circular aunque se establezca el protocolo más agresivo. Son los vehículos eléctricos de batería (BEV), los de autonomía extendida (REEV), los vehículos eléctricos híbridos de enchufe (PHEV) con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.
Etiqueta ECO
Esta etiqueta engloba los vehículos híbridos enchufables con autonomía no superior a 40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C. Como novedad, estos coches podrán estacionar en la zona SER aún cuando se active el escenario 3.
Etiqueta C
Son los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014.Vehículos de más de 8 plazas y pesados, tanto de gasolina como diésel, matriculados a partir de 2014. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y en Diésel la Euro 6.
Etiqueta B
Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y diésel a partir de enero de 2006, vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel matriculados a partir de 2005. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5.
Los vehículos con etiqueta B y C, además de aquellos sin etiqueta, no podrán circular en el escenario 4.
Esperamos que te haya quedado más claro todo lo relacionado con la clasificación de identificadores ambientales. No olvides conducir con paciencia e informarte siempre de la actualidad del tráfico y la circulación. ¡Feliz trayecto!